CURSO DE FORMACIÓN EN ÉTICA Y DEONTOLOGÍA FARMACÉUTICA

Programa

COMITÉS DE ÉTICA. FUNDAMENTO, NECESIDAD Y OPORTUNIDAD.


Ponente: Dra. Doña. Dolores Serrat Moré. Doctora en Medicina y Licenciada en Derecho.

Decana de la Facultad de Medicina de Zaragoza.

Log de la conferencia. Se han suprimido las líneas correspondientes a entradas y salidas de diferentes personas en el canal durante la conferencia

[16:41] (D_Serrat> Desde una perspectiva general podemos decir que la ética es la ciencia que se ocupa de los principios morales que permiten
[16:41] (D_Serrat> discernir entre el bien y el mal, así como de las consecuencias de la acciones; que la bioética es una ética aplicada que
[16:41] (D_Serrat> aborda los aspectos éticos de la Biología y la Medicina, y puede definirse como la tarea de reflexión filosofica
[16:41] (D_Serrat> que analiza, desde las categorías de valor, deber, bondad, etc los actos humanos, es decir como una reflexión racional de las
[16:41] (D_Serrat> conductas morales en el ámbito de la biología y la medicina; y que la bioética sanitaria o clínica es la parte de la
[16:41] (D_Serrat> bioética que se encarga de la inclusión de los valores en la toma de decisiones sanitarias, a fin de aumentar su corrección y calidad.
[16:41] (D_Serrat> El impulso experimentado por la ética médica, y el desarrollo de la bioética a partir de los años 70 hay que ponerlo en relación
[16:41] (D_Serrat> con una serie de circunstancias que pueden resumirse en :
[16:41] (D_Serrat> a) el acelerado desarrollo de la ciencia y tecnología médicas y el consecuente aumento de la capacidad de intervención de los médicos en
[16:42] (D_Serrat> los procesos relativos a la vida, la muerte y la salud de los individuos, junto al descubrimiento de casos concretos de experimentos en seres
[16:42] (D_Serrat> humanos que no cumplían los estándares éticos aceptados como válidos por las normas existentes y a la revelación de problemas asistenciales en
[16:42] (D_Serrat> torno a los criterios éticos de distribución de recursos asistenciales, la legitimidad moral del triage, etc.
[16:42] (D_Serrat> b) La “rebelión” de los ciudadanos en defensa de la libertad, de la autoafirmación, que se produce en la década de los 60 frente a las
[16:42] (D_Serrat> estructuras políticas, institucionales, económicas y culturales que habian desarrollado un poder omnímodo capaz de controlar todos los aspectos
[16:42] (D_Serrat> de la vida del ciudadano. En el campo de la Medicina se manifiesta con un cambio en la relación médico-paciente, hasta este momento guiada
[16:42] (D_Serrat> exclusivamente por un principio moral de beneficencia paternalista (el médico procura el mayor bien posible al paciente, y éste se configura
[16:42] (D_Serrat> como un ser moralmente incapaz de saber que le conviene y su única obligación es obedecer fielmente las instrucciones del profesional), al
[16:42] (D_Serrat> reivindicar los ciudadanos su participación activa en el proceso de tomas de decisiones que afectan a su salud o a su vida, centrándose por tanto la
[16:42] (D_Serrat> relación en torno al principio de autonomia del paciente.
[16:43] (D_Serrat> c) La socialización de la medicina, dentro de la expansión del modelo de estado de bienestar, que origina un importante incremento del gasto
[16:43] (D_Serrat> sanitario y plantea la necesidad de equilibrar la defensa que los ciudadanos hacen de sus derechos con la contención del gasto, en
[16:43] (D_Serrat> definitiva el desarrollo del principio de justicia y de reparto equittivo de los recursos.
[16:43] (D_Serrat> d) La insuficiencia de la fundamentación de la ética médica tradicional para dar respuesta al pluralismo moral que se crecía a gran velocidad,
[16:43] (D_Serrat> poniendo en juego la compresión de los valores tradicionales.
[16:43] (D_Serrat> En definitiva estas circunstancias plantean problemas nuevos que para ser resueltos requieren una profunda reflexión y un método en la toma de decisiones.
[16:43] (D_Serrat> En este sentido la Bioética, como ética aplicada, pretende resolver los conflictos con una fundamentación y con un método pero que para ser
[16:43] (D_Serrat> universalmente aceptados requieren cumplir una serie de requisitos :
[16:43] (D_Serrat> - Ser una ética civil
[16:43] (D_Serrat> - Ser una ética pluralista que acepte la diversidad de los enfoques existentes
[16:44] (D_Serrat> - Ser una ética racional, tanto en el establecimiento de los principios como en la evaluación de las consecuencias de cada decisión concreta.
[16:44] (D_Serrat> Entendida la necesidad de la valoración ética de las decisiones sanitarias y de que ésta se realice con una metodología no es de extrañar el
[16:44] (D_Serrat> importante y rápido desarrollo que ha experimentado la bioética en los últimos años, encontrándonos en el momento actual en una fase de
[16:44] (D_Serrat> madurez, y como dice Quintana en la fase de institucionalización, que se corresponde con la creación de una serie de estructuras para la
[16:44] (D_Serrat> aplicación de la ética (Oficinas de Derechos Humanos, Auditorias, Institutos, etc) entre las que destacan los Comités Éticos.
[16:44] (D_Serrat> CONCEPTO Y CARACTERISTICAS DE LOS COMITÉS DE ÉTICA
[16:44] (D_Serrat> ¿Qué son los Comités de Ética?
[16:44] (D_Serrat> La tarea de definir puede abordarse al menos desde dos perspectivas distintas, desde una posición negativa, a veces necesaria cuando un término
[16:44] (D_Serrat> puede confundirse con otros y por tanto lo prioritario es diferenciar, o desde una posición positiva, es decir estableciendo
[16:45] (D_Serrat> las características propias.
[16:45] (D_Serrat> En relación a los Comités de Ética puede ser útil hacer en primer lugar una aproximación negativa, al poderse confundir estos con otros organismos,
[16:45] (D_Serrat> instituciones o servicios como son las Comisiones Deontológicas, tribunales, servicios de inspección etc.
[16:45] (D_Serrat> En este sentido podemos decir que un Comité de Ética no es un órgano inquisitorial encargado de “perseguir ideas”, no es un órgano disciplinario
[16:45] (D_Serrat> ni juzgador, hecho que consideramos muy importante que quede claro por cuanto es una interpretación muy común por parte de los profesionales,
[16:45] (D_Serrat> lo que se traduce en prejuicios y susceptibilidades que dificultan sus funciones.
[16:45] (D_Serrat> Desde la vertiente positivo podemos decir que un Comité de Ética es un órgano de consulta y los definimos como “grupos multidisciplinares
[16:45] (D_Serrat> creados especialmente para ayudar a los profesionales e instituciones sanitarias a resolver los dilemas éticos planteados por la medicina moderna”
[16:45] (D_Serrat> o como “grupos interdisciplinarios que desarrollan sus actividades en Instituciones relacionadas con la salud, cumpliendo funciones de
[16:45] (D_Serrat> asesoramiento en los dilemas éticos generales, asistenciales y de investigación, y realizando tareas de docencia” .
[16:46] (D_Serrat> En resumen, son instancias o estructuras de diálogo y decisión bioética, es decir, que asumen la responsabilidad de intentar clarificar y resolver
[16:46] (D_Serrat> racional y razonablemente los conflictos de valores que se presentan en la investigación o en la práctica clínica.
[16:46] (D_Serrat> De todo lo dicho se puede concluir como dice Adela Cortina, que la función de los Comités de ética no es juzgar ni sancionar conductas, sino
[16:46] (D_Serrat> supervisar, asesorar ante una consulta, educar moralmente y crear una cultura profesional.
[16:46] (D_Serrat> Características de un Comité de Ética.
[16:46] (D_Serrat> Los Comités de Ética para cumplir adecuadamente con su fución tienen que reunir una serie de características que son:
[16:46] (D_Serrat> 1.- Ser Interdisciplinar: Es imprescindible que en un Comité de Ética participen personas de distintas profesiones y actividades (médicos,
[16:46] (D_Serrat> enfermeras, asistentes sociales, auxiliares de clínica, farmacéuticos, técnicos administrativos, abogados, filosofos, religiosos, etc), y
[16:46] (D_Serrat> de hecho en muchos casos las normas que rigen la creación de los distintos Comités establecen especificaciones con respecto a los requisitos
[16:46] (D_Serrat> de los miembros, que detallaremos cuando analicemos los diferentes tipos de Comités.
[16:47] (D_Serrat> 2.- Ser Pluralista: En una sociedad de moral única los Comites son innecesarios porque el código de conducta es único, sin embargo para nada
[16:47] (D_Serrat> es ésta la situación actual, sino que bien al contrario vivimos en una sociedad pluralista, con distintas concepciones sobre lo
[16:47] (D_Serrat> bueno y lo malo, lo correcto e incorrecto, lo justo y lo injusto, por tanto en estos casos es necesario encontrar respuesta a los dilemas
[16:47] (D_Serrat> éticos desde la deliberación abierta, y esta es la obligación de los Comités. Sin duda como dice Cortina los miembros del Comité deben
[16:47] (D_Serrat> representar las diferentes sensibilidades, lo que en ocasiones dificulta el diálogo, debido al afán de protagonismo, a la intransigencia, al
[16:47] (D_Serrat> empeño en no dar el brazo a torcer o incluso el desprecio hacia otros miembros, pero que en la práctica suele enriquecer las decisiones
[16:47] (D_Serrat> sobre todo si el objetivo es común (la mejor solución para los seres humanos), se trabaja partiendo de la obtención de la información más
[16:47] (D_Serrat> relevante y se deja que las deliberaciones permitan con sosiego ir analizando todas las razones que se van exponiendo. Por otra parte
[16:47] (D_Serrat> ante posturas irreductibles existen votos particulares, a los que se les dará publicidad junto a la posición de la mayoria.
[16:47] (D_Serrat> 3.- Ser Independiente. El Comité orgánicamente puede estar adscritos a algún organismo o institución, pero funcionalmente tiene que ser
[16:48] (D_Serrat> absolutamente independiente en su toma de decisión y tener garantizada la autonomia de funcionamiento, al margen de los diferentes
[16:48] (D_Serrat> interes particulares públicos o privados.
[16:48] (D_Serrat> 4.- Tener Autoridad moral: Las decisiones de los Comites tienen un función de asesoramiento, no son vinculantes, y no son imponibles por
[16:48] (D_Serrat> coacción, de modo que la decisión final correspondera al organismo o persona que tenga encomendada la competencia.
[16:48] (D_Serrat> TIPOS DE COMITÉS DE ÉTICA
[16:48] (D_Serrat> Caprile propone una clasificación de los Comités de Ética atendiendo tanto al ámbito territorial de competencia como a sus función en 3 categorias:
[16:48] (D_Serrat> 1.- Comités de Ética Gubernamentales:
[16:48] (D_Serrat> 1.1.- Internacionales: Ejemplo la Comisión de Bioética del Consejo de Europa
[16:48] (D_Serrat> 1.2.- Nacionales: Ejemplo el Comité Nacional de Ética biomédica del Ministerio de Salud de la Republica Argentina.
[16:48] (D_Serrat> 1.3.- Provinciales: Ejemplo el Comité Nacional de Bioética del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
[16:49] (D_Serrat> Se encargan de temas generales, el análisis de los aspetos éticos de la legislación y de la política sanitaria.y de atender consultas
[16:49] (D_Serrat> sobre temas éticos formuladas desde los organos legislativos, judiciales o por el Gobierno.
[16:49] (D_Serrat> 2.- Comités de Ética Institucionales:
[16:49] (D_Serrat> 2.1.- Asistenciales, ubicados en centros hospitalarios públicos y privados, denominados Comités Éticos Hospitalarios, y que tienen como
[16:49] (D_Serrat> función la atención de las consultas sobre problemas éticos tanto en relación con la investigación como la clínica.
[16:49] (D_Serrat> 2.2.- Académicos, dependientes de Colegios Profesionales, Sindicatos, etc.
[16:49] (D_Serrat> 3.- Comités de Ética en Áreas específicas:
[16:49] (D_Serrat> 3.1.- Investigaciones Científicas, encargados de análisis éticos de proyectos de investigación.
[16:49] (D_Serrat> 3.2.- Trasplantes de órganos
[16:49] (D_Serrat> 3.3.- En Servicios especificos como oncologia, neonatología, cuidados intensivos, y otros que por la frecuencia y magnitud de los problemas
[16:50] (D_Serrat> puedan necesitar de un Comité específico
[16:50] (D_Serrat> Sistematizando y siguiendo la clasificación convencional, los Comités de Ética pueden agruparse en 4 categorias
[16:50] (D_Serrat> 1.- Comités Éticos de Investigación Clínica
[16:50] (D_Serrat> 2.- Los Comités Asistenciales de Ética
[16:50] (D_Serrat> 3.- Los Comités Nacionales.
[16:50] (D_Serrat> 4.- Los Comités Internacionales o Supranacionales.
[16:50] (D_Serrat> 1.- COMITES ÉTICOS DE INVESTIGACIÓN
[16:50] (D_Serrat> La investigación y experimentación en seres humanos nunca ha sido un tema pacifico desde el punto de vista ético y legal en parte debido a
[16:50] (D_Serrat> diversos hechos lamentables, calificados como autenticas catástrofes cientificas, como fueron por ejemplo el programa
[16:50] (D_Serrat> Aktion T.4 (un programa de eugenesia en niños con malformaciones congénitas) autorizado por Hittler en 1939; los daños relacionados con el
[16:51] (D_Serrat> somnífero Contergan (talidomida) y que fueron descubiertos en 1961 dejando en le mundo entre 4000 y 12000 niños con
[16:51] (D_Serrat> malformacione; o el escandoloso estudio de Sifilis de Tuskegee iniciado en 1932 en barrios pobres de Alabama (USA) sobre 400 varones
[16:51] (D_Serrat> de raza negra con sifilis en los que se observaba la evolución natural de la enfermedad sin ninguna terapia, pese a que desde 1941
[16:51] (D_Serrat> estaba disponible la penicilina y que fue publicado en 1972, etc..., que pusieron de relieve la necesidad de proteger al ser humano
[16:51] (D_Serrat> del abuso e incluso de un uso meramente instrumental por parte de los investigadores.
[16:51] (D_Serrat> En la actualidad no existe ninguna duda ni sobre la necesidad de la investigación, pues sin ella la Medicina no avanzaría, ni sobre los
[16:51] (D_Serrat> riesgos que de ella pueden derivarse para la vida o salud de las personas, siendo por tanto imprescindible una reflexión para
[16:51] (D_Serrat> establecer las condiciones generales de admisibilidad de la investigación y experimentación con seres humanos y que en nuestra opinión son :
[16:51] (D_Serrat> - Disponer de personal científico sólidamente preparado para iniciar la investigación.
[16:51] (D_Serrat> - Disponer de medios técnicos adecuados y suficientes
[16:52] (D_Serrat> - Haber agotado el campo de la experimentación animal para poder resolver situaciones semejantes que pudieran presentarse.
[16:52] (D_Serrat> - Un estudio minucioso de la nueva técnica, reflexionando sobre los riesgos que comporta y las posibilidades razonables de éxito.
[16:52] (D_Serrat> - Tener la autorización del paciente o sus familiares, debidamente informados por el investigador del riesgo que corre.
[16:52] (D_Serrat> - Que se prevea, con un grado de certeza razonable, que el resultado del experimento no va a producir males superiores a los que puede llegar a
[16:52] (D_Serrat> padecer el enfermo si no se le aplica la nueva terapia.
[16:52] (D_Serrat> En conclusión podemos decir que es necesario e imprescindible que los científicos recuerden que tienen un compromiso social y un deber
[16:52] (D_Serrat> de conciencia que les obliga a considerar que “no todo lo que es técnicamente posible es éticamente admisible”.
[16:52] (D_Serrat> Las investigaciones en sujetos vivos y su problemática ética y jurídica han sido ampliamente debatidas y reglamentadas, por lo que a
[16:52] (D_Serrat> continuación exponemos una clasificación de las normas aplicables al tema.
[16:52] (D_Serrat> Normativa sobre investigación en sujetos vivos
[16:53] (D_Serrat> Sin ánimo de ser exhaustivos recogemos a continuación las normas más directamente relacionadas con la investigación en sujetos vivos y distinguiremos entre:
[16:53] (D_Serrat> 1.- Recomendaciones éticas
[16:53] (D_Serrat> 1.1.- Internacionales
[16:53] (D_Serrat> - Código de Nuremberg de 1946
[16:53] (D_Serrat> - Declaracion de Helsinki, adoptada por la Asociación Médica Mundial (AMM) de 1964 y sus actualizaciones de Tokio en 1975, Venecia, 1983,
[16:53] (D_Serrat> Hong Kong en 1989 y Madrid en 2000.
[16:53] (D_Serrat> - Declaración de Manila, adoptada por el COICM en 1981
[16:53] (D_Serrat> - Convenio relativo a los Derechos Humanos y la Biomedicina (Convenio de Oviedo) de 1997. Y el Protocolo adicional sobre prohibición de clonar seres humanos.
[16:53] (D_Serrat> Ratificado por España en el 2000, y por tanto norma con rango legal.
[16:53] (D_Serrat> - Declaración Universal sobre el genoma humano y los derechos humanos. UNESCO, 1997.
[16:54] (D_Serrat> 1.2.- Nacionales
[16:54] (D_Serrat> - Código de ética y Deontologia Médica Español de 1999
[16:54] (D_Serrat> - Código de Deontología. Normas de ética médica. Concell de Col.legis de Metges de Catalunya de 1997
[16:54] (D_Serrat> 2.- Disposiciones legales
[16:54] (D_Serrat> 2.1.- Normas relacionadas con la investigación de productos sanitarios y los ensayos clínicos:
[16:54] (D_Serrat> - La Ley 25/1990 de 20 de Diciembre, del Medicamento, artículos 59 a 69.
[16:54] (D_Serrat> - Real Decreto 561/1993, de 19 de Abril por el que se regulan los requisitos para la realización de los ensayos clínicos.
[16:54] (D_Serrat> - Real Decreto 414/1996 de 1 de marzo por el que se regulan los productos sanitarios.
[16:54] (D_Serrat> 2.2.- Normas relacionadas con la investigación biotecnológica
[16:54] (D_Serrat> - Ley 35/ 1988 de 22 de noviembre sobre técnicas de reproducción asistida, modificada paracialmente por el Código Penal de 1995.
[16:55] (D_Serrat> - Ley 42/1988 de 28 de Diciembre de Donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos.
[16:55] (D_Serrat> - Ley 15/1994 de 3 de junio que establece el régimen jurídico de la utilización confiada, liberación voluntaria y comercialización de
[16:55] (D_Serrat> organismos modificados genéticamente a fin de prevenir los riesgos para la salud ahumna y el medio ambiente.
[16:55] (D_Serrat> - Código Penal. Libro II, Titulo V “ De la manipulación génetica”, artículos 159 a 162.
[16:55] (D_Serrat> Para velar por el cumplimiento de los principios éticos y legales de la investigación científica se propuso la creación en los Centros en los que se
[16:55] (D_Serrat> lleva ésta se lleva a cabo de unos Comités que tienen como finalidad procurar y promover la calidad de la investigación
[16:55] (D_Serrat> y la protección de los sujetos que participan en la misma.
[16:55] (D_Serrat> Un precedente histórico de este tipo de Comités lo tenemos en 1803 cuando Thomas Percival propuso que cuando un médico deseara probar un nuevo
[16:55] (D_Serrat> medicamento debía consultar previamente a otros colegas. Tambien en un informe del Real Colegio de Médicos de Gran Bretaña de 1967 en el que
[16:55] (D_Serrat> recomendaba que los proyectos de investigación que hasta entonces eran exclusivamente valorados por los investigadores fueran aprobados por
[16:56] (D_Serrat> un comité ético antes de su puesta en marcha . Pero su creación formal tuvo lugar a raiz del escándalo de Tuskegee en 1972
[16:56] (D_Serrat> con la aprobación por el Congreso de los Estados Unidos de la National Research Act en la que se recogia la creación de la National Commission
[16:56] (D_Serrat> for the Protection of Human Subjetcs of Biomedical and Behavioral Research, que presento su informe final, conocido como informe Belmont
[16:56] (D_Serrat> en 1978 y que establecia claramente los 3 principios básicos de todo investigación: a) Principio de respeto por las personas;
[16:56] (D_Serrat> b) Principio de beneficencia y c) Principio de justicia. En 1981 el Departamento de Sanidad publicó un documento sobre las normativas que
[16:56] (D_Serrat> debian seguirse en las invetigaciones con fetos, mujeres gestantes, fecundación “in vitro” y prisioneros, y las funciones de los Institutional
[16:56] (D_Serrat> Review Boards (Comités de investigación clínica).
[16:56] (D_Serrat> En España los comités de investigación se han conocido con distintos nombres:
[16:56] (D_Serrat> Comite de Ensayos Clínicos (CEC), Comités Eticos de Ensayos Clinicos (CEEC) o Comités Éticos de Investigación Clínica (CEIC), siendo ésta la
[16:56] (D_Serrat> denominación actualmente recogida en la Ley del Medicamento.
[16:57] (D_Serrat> Inicialmente estos Comités tienen como función el control de la calidad científica y la protección de los sujetos frente a los ensayos clínicos,
[16:57] (D_Serrat> lo que entendido restrictivamente limitaría la actuación del Comité a los supuestos contemplados en la Ley del Medicamento
[16:57] (D_Serrat> y Real Decreto 561/93 que definen los ensayos clínicos como toda evaluación experimental de una sustancia o medicamento,
[16:57] (D_Serrat> a través de su administración o aplicación a seres humanos, sin embargo pensamos que estos Comités deberían ampliar su responsabilidades
[16:57] (D_Serrat> hacia otras investigaciones , entendiendo el ensayo clínico en un sentido amplio como todo procedimiento de actuación investigadora en
[16:57] (D_Serrat> seres humanos a fin de determinar cientificamente los efectos de sustancias, actuaciones o tratamientos para una eficaz
[16:57] (D_Serrat> protección de la salud humana, aunque ello pudiera tener como consecuencia la obligación de ampliar la composición del Comité.
[16:57] (D_Serrat> Desde una perspectiva general consideramos que los objetivos básicos de los Comités Éticos de Investigación Clínica son:
[16:57] (D_Serrat> 1.- Proteger los derechos y el bienestar de los seres humanos que son sujetos de investigación.
[16:58] (D_Serrat> 2.- Salvaguardar la reputación e integridad del investigador.
[16:58] (D_Serrat> 3.- Preservar los recursos del Hospital.
[16:58] (D_Serrat> Para garantizar el cumplimiento de estos objetivos deben atender a dos cosas completamente diferentes:
[16:58] (D_Serrat> 1.- La calidad científica de la investigación, su relevancia y la competencia de los investigadores.
[16:58] (D_Serrat> 2.- Los aspectos propiamente éticos:
[16:58] (D_Serrat> - que se minimícen los riesgos
[16:58] (D_Serrat> - que estos sean razonables en función de las ventajas y la importancia de los conocimientos que razonablemente cabe esperar
[16:58] (D_Serrat> - que la selección de sujetos sea equitativa
[16:58] (D_Serrat> - que el consentimiento quede debidamente obtenido y documentado
[16:58] (D_Serrat> - que exista un seguimiento y control para garantizar la seguridad de los sujetos, y que se proteja la confidencialidad.
[16:59] (D_Serrat> - que se garantice la existencia de un seguro de cobertura a los participantes en el ensayo, por los daños que se
[16:59] (D_Serrat> puedan producir a consecuencia de la investigación.
[16:59] (D_Serrat> En este sentido y con la intención de reforzar los principios de la bioética: autonomia, no maleficencia, beneficiencia y justicia,
[16:59] (D_Serrat> los Comités deben considerar en cada protocolo los siguientes puntos :
[16:59] (D_Serrat> 1.- si se asegura que los sujetos sometidos a investigación son plenamente informados y que su consentimiento se obtiene de manera adecuada (autonomía).
[16:59] (D_Serrat> 2.- si se contemplan las circunstancias en las que el paciente puede retirarse del estudio (autonomía).
[16:59] (D_Serrat> 3.- si el investigador responsable está cualificado y cuenta con suficiente experiencia y los medios adecuados para asegurar la protección,
[16:59] (D_Serrat> seguridad y bienestar del participante sea o no el procedimiento beneficioso para él (no maleficencia).
[16:59] (D_Serrat> 4.- si se han adoptado medidas que permitan indemnizar a los sujetos incluidos en el ensayo clínico de los posibles riesgos a los que se pueden exponer (justicia).
[16:59] (D_Serrat> 5.- si el ensayo plantea una pregunta científicamente válida y el diseño y número de sujetos son los adecuados para responderla (no maleficencia).
[17:00] (D_Serrat> 6.- si se adoptarán medidas eficaces para proteger la confidencialidad de los datos generados en el curso del ensayo (autonomía).
[17:00] (D_Serrat> 7.- si existen unos procedimientos normalizados de trabajo que describan el método de registro de todo cuanto acontezca a lo
[17:00] (D_Serrat> largo del ensayo (Normas de Buena Práctica Clínica).
[17:00] (D_Serrat> De acuerdo con la normativa vigente en España los CEIC son acreditados por la autoridad competente de cada Comunidad Autónoma, que habrá de comunicarlo al
[17:00] (D_Serrat> Ministerio de Sanidad (a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios).
[17:00] (D_Serrat> Para ser acreditado deberá cumplir unos requisitos mínimos de composición que son:
[17:00] (D_Serrat> - Estar formado como mínimo por siete miembros de los cuales al menos dos deben ser ajenos a las profesiones sanitarias, debiendo ser uno de
[17:00] (D_Serrat> ellos Licenciado en Derecho.
[17:00] (D_Serrat> - Entre los miembros del citado Comité figruaran médicos, uno de los cuales será Farmacologo clínico,
[17:00] (D_Serrat> un Farmaceutico del hospital y algún miembro de enfermeria.
[17:01] (D_Serrat> - En los casos que exista Comisión de Investigación o Comité Asistencial de Ética será necesaria la presencia de, al menos, un miembro de cada
[17:01] (D_Serrat> una de ellas para que la decisión del CEIC sobre cada uno de los protocolos sea válidas.
[17:01] (D_Serrat> Además se establece de forma expresa que cuando el Comité evalúe protocolos de investigación clínica con procedimientos quirúrgicos,
[17:01] (D_Serrat> técnicas diagnósticas o productos sanitarios, contará, además, con al menos una persona experta en el procedimiento o
[17:01] (D_Serrat> tecnología a evaluar. Esta especificación deja en la legislación española la puerta abierta a
[17:01] (D_Serrat> una función más amplia de los CEIC, haciendo posible la valoración de proyectos de investigación distintos de los ensayos con
[17:01] (D_Serrat> fármacos y/o medicamentos.
[17:01] (D_Serrat> Son funciones del CEIC, ponderar los aspectos metodológicos, éticos y legales del protocolo propuesto, así como el balance de riesgos y beneficios,
[17:01] (D_Serrat> debiendo para ello deberan:
[17:01] (D_Serrat> - Evaluar la idoneidad del protocolo en relación con los objetivos del estudio, su eficiencia científica (la posibilidad de alcanzar conclusiones
[17:02] (D_Serrat> válidas con la menor exposición posible de sujetos), y la justificación de riesgos y molestias previsibles, ponderadas en función de los beneficios
[17:02] (D_Serrat> esperados para los sujetos y la sociedad.
[17:02] (D_Serrat> - Evaluar la idoneidad del equipo investigador para el ensayo propuesto, teniendo en cuenta su experiencia y capacidad investigadora para llevar
[17:02] (D_Serrat> adelante el estudio, en función de sus obligaciones asistenciales y de los compromisos previamente adquiridos con otros protocolos.
[17:02] (D_Serrat> - Evaluar la información escrita sobre las características del ensayo que se dará a los posibles sujetos de la investigación, o en su defecto al
[17:02] (D_Serrat> representante legal, la forma en que dicha información será proporcionada y el tipo de consentimiento que va a obtenerse.
[17:02] (D_Serrat> - Comprobará la previsión de la compensación y tratamiento que se ofrecerá a los sujetos participantes en caso de
[17:02] (D_Serrat> lesión o muerte atribuibles al ensayo clínico.
[17:02] (D_Serrat> - Conocerá y evaluará el alcance de las compensaciones que se ofreceran a los investigadores y a los sujetos de la investigación por su participación.
[17:02] (D_Serrat> - Realizara el seguimiento del ensayo clíncio desde su inicio hasta la recepción del informe final.
[17:03] (D_Serrat> Estos Comités no están exentos de críticas al considerar que en función de la ideología y formación de sus miembros se corre el riesgo de que se apliquen leyes y
[17:03] (D_Serrat> principios morales obsoletos en una sociedad que evoluciona rápidamente, y que en consecuencia se estanque la investigación científica impidiendo el orden
[17:03] (D_Serrat> biológico donde los más natural es el cambio. Mientras que otros temen precisamente lo contrario, que lo miembros tengan una actitud demasiado
[17:03] (D_Serrat> abierta o permisiva autorice investigaciones que puedan poner en peligro la dignidad humana. Un ejemplo reciente de las dificultades de
[17:03] (D_Serrat> evaluación de las investigaciones con seres vivos lo estamos viendo en las diferentes posturas sobre el carácter ético o no de la utilización de
[17:03] (D_Serrat> células madre embrionarias con fines de investigación, encontrando opiniones y posturas muy diversas.
[17:03] (D_Serrat> En la práctica y pese a sus limitaciones y dificultades son varias las razones que hacen necesaria e imprescindible la evaluación ética de la investigación:
[17:03] (D_Serrat> - La mayor sensibilidad social, y por tanto la menor disponibilidad de participar en proyectos sin garantía.
[17:03] (D_Serrat> - La creciente exigencia de rigor metodológico para la aceptación de los proyectos de investigación.
[17:03] (D_Serrat> - El temor a posibles responsabilidades penales por parte de investigadores y promotores.
[17:04] (D_Serrat> - Y el temor a que los resultados obtenidos no sean aceptados para su publicación en revistas de prestigio.
[17:04] (D_Serrat> Esta necesidad conlleva necesariamente la formación de expertos en la materia para constituir Comités competentes, eficaces y eficientes, es decir
[17:04] (D_Serrat> con garantía de calidad.
[17:04] (D_Serrat> 2.- COMITES ASISTENCIALES DE ÉTICA
[17:04] (D_Serrat> Según Drane los Comités Asistenciales de Ética son grupos autorizados a nivel local, que sobre una base optativa, asesoran, median, apoyan y
[17:04] (D_Serrat> hacen recomendaciones sobre aspectos éticos de casos presentados por personas legítimamente implicadas en la toma de decisiones clínicas.
[17:04] (D_Serrat> Además se encargan de la formación ética del personal sanitario y de políticas sanitarias éticas.
[17:04] (D_Serrat> Tiene su origen en EEUU a raiz de un caso concreto, el caso Quinlan. En 1976 la Institución Morris View Nursing Home de New Jersey crea el primer CAE
[17:04] (D_Serrat> para delimitar el esfuerzo terapéutico y los problemas éticos derivados de la Resolución del Tribunal Supremo de Nueva Jersey que autorizó a los padres
[17:04] (D_Serrat> adoptivos de la joven Karen de 21 años, hospitalizada en coma profundo durante 10 años, para desconectar el respirador.
[17:05] (D_Serrat> Si bien este es el precedente, su verdadero origen fue el informe “Deciding to forego Life-sustaining Treatment” elaborado en 1980 por la The President´s
[17:05] (D_Serrat> Commisión for the studi of Ethical Problems in Medicine and Biomedical and behavioral Research, constituido a instancias del Presidente Carter, que recomienda
[17:05] (D_Serrat> la creación de comités en los hospitales para tomar decisiones éticamente correctas en los casos de pacientes incapaces mentalmente, en pacientes
[17:05] (D_Serrat> inconscientes y en recien nacidos gravemente enfermos.
[17:05] (D_Serrat> A partir de este momento empiezan a crearse en los Centros hospitalarios estadounidenses con el nombre de Instituitional Ethics Committees y con la
[17:05] (D_Serrat> finalidad de prestar asesoramiento y ayuda para resolver los conflictos éticos que plantean la asistencia hospitalaria y elaborar protocolos
[17:05] (D_Serrat> asistenciales en los casos que fuera necesaria una política institucional por la dificultad del problema o por la frecuencia del mismo.
[17:05] (D_Serrat> En España los Comités Asistenciales de Ética tuvieron un precedente con la creación en 1974 de un Comité ético en el Hospital San Juan de Dios de Barcelona,
[17:05] (D_Serrat> si bien su aparición de forma reglamentada tuvo lugar varios años después, primero en Cataluña (1993) y después en el resto de España (en 1994 se crea el
[17:05] (D_Serrat> CAE del Hospital de la Princesa de Madrid), sobre todo a partir de la publicación de la Circular 3/95 por el INSALUD ..
[17:06] (D_Serrat> De acuerdo con la Circular 3/95 se entiende por CAE aquella comisión consultiva e interdisciplinar, creada para analizar y asesorar en la realización
[17:06] (D_Serrat> de los posibles conflictos éticos que se producen durante la práctica clínica en las instituciones sanitarias, a consecuencia de la labor asistencial, y
[17:06] (D_Serrat> cuyo objetivo final es mejorar la calidad de dicha asistencia sanitaria.
[17:06] (D_Serrat> Su creación debe ser autorizada por una Comisión ad hoc de la Dirección General del INSALUD (es de suponer que en este momento la competencia ha sido
[17:06] (D_Serrat> transferida al órgano equivalente de la Comunidad Autónoma), pudiendo ser su ámbito de actuación el Hospital o el Area de Salud, quedando en la
[17:06] (D_Serrat> solicitud de acreditación mención expresa de la Gerencia a la que queda orgánicamente inscrito.
[17:06] (D_Serrat> Su constitución y composición están condicionadas por las posibilidades y las necesidades del centro o Area donde se vaya a crear, pero es
[17:06] (D_Serrat> imprescindible que cumpla las siguientes condiciones:
[17:06] (D_Serrat> - Sea interdisciplinar
[17:06] (D_Serrat> - Que todos los miembros sean voluntarios, y se trate de personas abiertas al diálogo, prudentes, competentes profesionalmente y con capacidad
[17:07] (D_Serrat> para trabajar en grupo como iguales.
[17:07] (D_Serrat> - Que al menos uno de los miembros del Comité sea especialista en Bioética Clínica (magíster y/o experto).
[17:07] (D_Serrat> El CAE tendrá un Presidente que es designado por el Director General del INSALUD (u órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma) a propuesta mayoritaria
[17:07] (D_Serrat> de los demás miembros del Comite y con la conformidad de la Dirección del Hospital o conjuntamente de las Gerencias de Atención Especializada y
[17:07] (D_Serrat> Primaria si el ámbito de actuación del Comité es el Areá de Salud.
[17:07] (D_Serrat> En cuanto a su funcionamiento, el Comité puede trabajar en pleno y crear subcomisiones. Deberá reunirse en sesión ordinaria al menos 4 veces al año, y la
[17:07] (D_Serrat> convocatoria deberá hacerse con una antelación mínima de 7 días para facilitar el estudio del caso y los documentos referidos al mismo, salvo en casos
[17:07] (D_Serrat> de urgencia que podrá seguirse un procedimiento distinto al mencionado.
[17:07] (D_Serrat> Podrá nombrar consultores provisionales que por su cualificación profesional puedan asesorar al Comité cuando éste así lo solicite, teniendo en
[17:07] (D_Serrat> cuenta que el consultor tendrá voz, pero no voto.
[17:08] (D_Serrat> Además el Comite deberá remitir anualmente a la Dirección General del INSALUD (u órganos correspondiente de la Comunidad Autónoma) una memoria de sus actividades
[17:08] (D_Serrat> especificando el trabajo en las distintas áreas: asesoria, formación y desarrollo de protocolos.
[17:08] (D_Serrat> Las funciones principales, que son totalmente independientes de las que corresponden a sus respectivos Colegios Profesionales, pueden resumirse en las siguientes:
[17:08] (D_Serrat> - Analizar, asesorar y facilitar el proceso de decisión clínica en las situaciones que plantean conflictos éticos entre sus intervinientes:
[17:08] (D_Serrat> el personal sanitario, los pacientes o ususarios y las instituciones.
[17:08] (D_Serrat> - Proteger los derechos de los pacientes.
[17:08] (D_Serrat> - Colaborar en la formación en bioética de los profesionales del Hospitales y del Área de Salud, y muy en particular de los miembros del Comité.
[17:08] (D_Serrat> - Proponer a la institución protocolos de actuación para las situaciones en que surgen conflictos éticos y que se presentan de manera reiterada u ocasional.
[17:08] (D_Serrat> - Estas funciones pueden resumirse en tres:
[17:08] (D_Serrat> 1.- Función educativa hacia el propio comité y hacia los profesionales de la institución, con el fin de hacer al personal sanitario más consciente de
[17:09] (D_Serrat> la importancia que tiene una toma de decisiones éticamente correcta y publicamente justificable.
[17:09] (D_Serrat> 2.- Función informativa con la realización de protocolos o de orientaciones institucionales que sirvan como referencia a los profesionales.
[17:09] (D_Serrat> Según Gonzalez Cajal las directrices y normas que se esperan del CAE son:
[17:09] (D_Serrat> 1) Ordenes de no reanimar (ONR)
[17:09] (D_Serrat> 2) Que hacer con neonatos con minusvalías graves
[17:09] (D_Serrat> 3) quién y cuando desconecta aparatos de soporte vital
[17:09] (D_Serrat> 4) Consentimientos informados válidos
[17:09] (D_Serrat> 5) Consentimiento informado en nombre de ancianos incompetentes
[17:09] (D_Serrat> y 6) Determinación de la muerte.
[17:10] (D_Serrat> 3.- Función consultiva o Análisis de casos concretos. El fin de esta función es la emisión de un informe que contenga una decisión razonada del comité y que de respuesta a la
[17:10] (D_Serrat> consulta. Es una función muy atractiva, pero posiblemente la más comprometida y la que requiere de una mayor formación y experiencia por parte de los miembros del Comité.
[17:10] (D_Serrat> El estudio de casos puede realizarse analizando casos ya archivados (análisis a posteriori) con una finalidad formativa pues sirven para reflexionar como podrían resolverse
[17:10] (D_Serrat> ciertos casos tipo y analizar que posibles normativas se necesitarian para favorecer una más eficaz y fundamentada decisión ética; y el estudio de casos conflictivos
[17:10] (D_Serrat> actuales (análisis a priori) a solicitud de instancias administrativas, judiciales, del personal sanitario, etc, siendo los motivos de consulta más frecuentes los rechazos de
[17:10] (D_Serrat> tratamiento, problemas en la utilización del consentimiento informado, manejo de la información, testigos de Jehova, limitación del esfuerzo terapuetico, y entrada y salida de
[17:10] (D_Serrat> programas de hemodiálisis.
[17:10] (D_Serrat> En ningún caso serán funciones o competencias del CAE:
[17:10] (D_Serrat> - Promover o amparar actuaciones jurídicas directas para las personas o la institución
[17:10] (D_Serrat> - Realizar juicios sobre la ética profesional o las conductas de los pacientes y usuarios. No tiene por tanto capacidad para proponer sanciones.
[17:11] (D_Serrat> - Subrogarse o reemplazar la responsabilidd de quien ha pedido su asesoramiento.
[17:11] (D_Serrat> - Tomar decisiones de carácter vinculante.
[17:11] (D_Serrat> - Substituir a los Comités Éticos de Investigación Clínica
[17:11] (D_Serrat> - Realizar estudios cuyo objetivo fundamental sean el análisis de asuntos sociales y/o económicos directa o indirectamente relacionados con la
[17:11] (D_Serrat> asistencia sanitaria en el Hospital, en Atención primaria y/o en el conjunto del Área de Salud.
[17:11] (D_Serrat> Los CAE tampoco han estado, ni están, exentos de crítica por parte de los médicos , y así Siegler decía en 1986 sobre el desarrollo de los CAE en EE.UU:
[17:11] (D_Serrat> El crecimiento de los Institutional Ethics Comités es, por desgracia, uno de los signos de los tiempos.
[17:11] (D_Serrat> Su desarrollo simboliza el estado triste, deprimido y desorganizado en que ha caido la medicina.
[17:11] (D_Serrat> Los médicos americanos han perdido no sólo el poder político y económico; han perdido tambien la autonomía para tomar decisiones médicas...
[17:11] (D_Serrat> Los comités constituyen una amenaza a la tradicional relación entre el médico y el paciente y pueden poner nuevas cargas administrativas y reguladoras
[17:12] (D_Serrat> a los pacientes, familias y médicos, sin haberlas contrastado debidamente. La existencia de los comités puede cambiar el lugar de la toma de deciones
[17:12] (D_Serrat> del despacho o de la cabecera del enfermo a la salda de conferencias o a los despachos de los ejecutivos.
[17:12] (D_Serrat> Los motivos por los que los médicos aducen desconfianza, plantean objeciones o resistencias y tienen prejuicios con respecto a los CAE han sido
[17:12] (D_Serrat> analizados por diferentes autores entre los que destacan Kushner y Gibson quienes lo atribuyen a diferentes factores como:
[17:12] (D_Serrat> - el miedo a la fiscalización
[17:12] (D_Serrat> - A que la bioética es una disciplina no científica y como tal no hay que darle relevancia
[17:12] (D_Serrat> - Considerar la bioética es un asunto personal y privado por lo que todo intento de acuerdo o consenso es imposible o inútil.
[17:12] (D_Serrat> - Creer que sólo existen problemas técnicos, y que no existen problemas éticos.
[17:12] (D_Serrat> O Abel que lo fundamenta en los siguientes motivos:
[17:12] (D_Serrat> a) Estós comites sólo tratan casos difíciles y extremos en los que es difícil probar que una solución determinada es mejor que otra tambien razonable.
[17:13] (D_Serrat> No es mejor la decisión del comité que la que yo pueda tomar.
[17:13] (D_Serrat> b) Estos comités no pueden enseñarme nada. Con experiencia clínica no hay un sólo problema que no pueda solucionar uno mismo.
[17:13] (D_Serrat> c) Interfieren la relación médico-paciente y son instrumentos de gerencia.
[17:13] (D_Serrat> d) Es mejor un buen asesoramiento jurídico. Todos tenemos una ética, en cambio hay que protegerse ante posibles denuncias.
[17:13] (D_Serrat> e) La bioética y las instituciones relacionadas, entre ellas los comités de ética, constituyen un nuevo poder y colegio invisible de
[17:13] (D_Serrat> especialistas: los biócratas.
[17:13] (D_Serrat> Pese a todo los Comites de Ética Clinica, Comités Hospitalarios de Bioética o Comités Asistenciales de Ética (CAE) van cobrando fuerza en los últimos
[17:13] (D_Serrat> años tanto por su función consultiva como por su función formativa e informativa, pero con un desarrollo muy diferente según los paises.
[17:13] (D_Serrat> Así mientras se estima que en el año 2001 los CAE están presentes en más del 80% de los hospitales de EE.UU con más de 200 camas, en Europa su
[17:13] (D_Serrat> presencia es mucho menor en parte por el temor de los profesionales a la interferencia de “intrusos” en sus criterios de decisión;
[17:14] (D_Serrat> a la falta de claridad en la definición de sus objetivos; a su indefinición jurídica y financiera, y a una menor cantidad de demandas, al
[17:14] (D_Serrat> menos comparativamente con EE.UU.
[17:14] (D_Serrat> España es el país de Europa con mayor institucionalización de los CAE y nos encontramos que en el año había 20 Hospitales con CAE acreditado y
[17:14] (D_Serrat> otros 19 en periodo de formación.
[17:14] (D_Serrat> 3.- COMITES NACIONALES DE ÉTICA
[17:14] (D_Serrat> Se trata de Comités ad hoc creados por lo general por la máxima autoridad de Gobierno de un pais con carácter temporal o permanente, y con
[17:14] (D_Serrat> competencias amplias o puntuales.
[17:14] (D_Serrat> Como ejemplos de estos Comités pueden citarse los siguientes ejemplos: La Law Refrom Comisión of Canada creada por el Gobierno Federal de
[17:14] (D_Serrat> Canadá en 1971 para estudiar y actualizar de manera continuada las leyes federales y los problemas médico-juridicos; el The President´s
[17:14] (D_Serrat> Commisión for the studi of Ethical Problems in Medicine and Biomedical and behavioral Research (1980-1983) en Estado Unidos; el Comite Consultif
[17:15] (D_Serrat> National d´Ethique poru les Sciences de la Vie et de la Santé, creado en Francia por Mitterrand en 1983.
[17:15] (D_Serrat> Según Quintana la mayoría de los países de la Unión Europea así como de los EEUU disponen de un Comité Nacional de Ética, y aunque sus funciones,
[17:15] (D_Serrat> composición, dependencia y ámbito de actuación son distintos, todos ellos tratan cuestiones sobre la investigación con seres humanos, nuevas
[17:15] (D_Serrat> tecnologías en biología y medicina y problemas que plantean difíciles conflictos de valores en el campo de las ciencias de la vida.
[17:15] (D_Serrat> En España no existe todavía un Comité de estas características, sin embargo ya en 1999 se presentó por iniciativa de las Cortes
[17:15] (D_Serrat> una proposicion no de Ley para que el Gobierno elabore la normativa que ampare su creación, que presenta como principales dificultades:
[17:15] (D_Serrat> - la dependencia de una institución que ampara el comité.
[17:15] (D_Serrat> - La representatividad de todos los actores implicados
[17:15] (D_Serrat> - El conflicto de competencias con las Comunidades Autónomas.
[17:15] (D_Serrat> Si existe en España un Comité de carácter nacional pero muy específico que es el Comité Nacional de Reproducción Humana Asistida (CNRHA)
[17:16] (D_Serrat> constituido en 1997 para asesorar al Gobierno en aquellos puntos que han quedado obsoletos por el avance científico o porque no habian
[17:16] (D_Serrat> quedados resueltos por la Ley, y en cualquier otra cuestión ética en relación con estas técnicas.
[17:16] (D_Serrat> Por otra parte en 1998 se propuso la creación de un Comité Nacional de Ética para las Ciencias y las Nuevas Tecnologías con el fin de
[17:16] (D_Serrat> estudiar los cuestiones planteadas sobre la relación entre investigación científica, concepciones de la Naturaleza y actitudes morales.
[17:16] (D_Serrat> 4.- LOS COMITÉS INTERNACIONALES O SUPRANACIONALES.
[17:16] (D_Serrat> Hay muchos temas que por su importancia se convierten en materia política y por su amplitud y difusión trascienden de las fronteras de un país.
[17:16] (D_Serrat> En este momento la bioética se convierte en biopolitica, y la discusión ética en discusión política y surge la necesidad de poder contar
[17:16] (D_Serrat> con Comités expertos que permiten la discusión de las visiones plurales y elaboran documentos que se convierten en instrumentos de ayuda
[17:16] (D_Serrat> para los parlamentarios cuando tratan cuestiones bioéticas.
[17:16] (D_Serrat> Una función fundamental de estos Comites Internacionales es uniformizar criterios y armonizar las legislaciones para evitar la aparición
[17:17] (D_Serrat> de “paraísos científicos”, es decir de lugares carentes de legislación o con legislaciones muy permisivas donde se permita
[17:17] (D_Serrat> traspasar cualquier limite de lo éticamente admisible.
[17:17] (D_Serrat> En este ámbito queremos resaltar el papel de la Comisión Europea de Bioética, o el Comité Asesor Internacional en bioética de la OPS
[17:17] (D_Serrat> (Organización panamericana de la Salud).
[17:17] (D_Serrat> CONCLUSIONES
[17:17] (D_Serrat> 1.- La existencia de los Comités de Ética es la consecuencia de la institucionalización de la bioética, que se fundamenta en la consideración
[17:17] (D_Serrat> de que la calidad exige actuaciones acordes con los principios y valores éticos.
[17:17] (D_Serrat> 2.- La aceptación de los Comités por los profesionales es variable, desde aquellos que los consideran imprescindibles hasta aquellos que los
[17:17] (D_Serrat> consideran inútiles, desde los que reconocen que las directrices facilitan la resolución de los casos difíciles, a los que no las
[17:17] (D_Serrat> toman en cuenta por considerarlas una intromisión y una complicación.
[17:18] (D_Serrat> 3.- La función de los Comités es consultiva, no son un órgano sancionador o juzgador, por tanto debe considerarse como un instrumento de ayuda
[17:18] (D_Serrat> para evitar y resolver los conflictos de valores que se presentan con el quehacer profesional.
[17:18] (D_Serrat> 4.- El objetivo fundamental de los Comites es facilitar la toma de decision más correcta, lo cual no es exactamente los mismo que decir
[17:18] (D_Serrat> “hacer más faciles las cosas”, pues en muchas ocasiones la reflexión nos pone de manifiesto problemas o conflictos que nos pasaban
[17:18] (D_Serrat> desapercibidos, en este sentido recordemos lo dicho por Arthur Koestler:
[17:18] (D_Serrat> “Jamás he visto problema alguno, por complicado que fuera, que al ser abordado correctamente no se complicara aún mucho más”.
[17:18] (D_Serrat> en la sala aun queda un cuarto de hora...
[17:31] (D_Serrat> preguntas, por favor
[17:33] (D_Serrat> en privado a MJesus_
[17:36] (D_Serrat> en la sala se pregunta por la coordinacion / discrepancia entre CAEs diversos
[17:37] (D_Serrat> los CAE son independientes en su ambito
[17:37] (D_Serrat> su hospital, su comunidad...
[17:38] (D_Serrat> lo q suele ocurrir es q hay reuniones, cursos, etc conjuntas e intercambio de protocolos
[17:39] (D_Serrat> por lo cual se produce una coordinacion de facto
[17:46] (D_Serrat> la dra abreu pregunta por la implantacion de los cae y su entrinque con la universidad
[17:46] (D_Serrat> los cae estan aun en "pañales" se estan creando, y formando a sus componentes
[17:46] (D_Serrat> asimismo se empieza a introducir la bioetica en la docencia universitaria
[17:47] (D_Serrat> como de costumbre va a remolque de las nuevas posibilidades tecnicas
[17:48] (D_Serrat> quien acredita los CAE?
[17:48] (D_Serrat> la autoridad sanitaria local, antes el insalud

Y seguimos un buen rato más charlando...