§
El donante debe ser mayor de edad, con buen
estado de salud y plenas facultades mentales.
§
Debe
trtarse de un órgano, o parte de él, cuya extracción sea compatible
con la viday cuya función pueda ser compensada por el organismo del
donante de forma adecuada y suficientemente
segura.
§
El
destino del órgano extraído será su trasplante a una persona
determinada, con el propósito de mejorar sustancialmente su
pronóstico vital o sus condiciones de
vida.
§
El
donante deberá ser previamente informado de las consecuencias de su
donación, debiendo prestar consentimiento de forma expresa, libre,
consciente y desinteresada.
§
No
podrá realizarse la extracción a personas que, por deficiencias
psíquicas, enfermedad mental o cualquier otra causa, no puedan
otorgar su consentimiento en la forma indicada. Tampoco podrá
hacerse extracción de órganos a menores de edad, aún con el
consentimiento de sus padres o
tutores.
§
El
estado de salud físico y mental del donante deberá ser acreditado
mediante certificado por un médico distinto del o de los que vayan a
efectuar la extracción. Este médico informará de los riesgos
inherentes a la intervención, las consecuencias, las repercusiones
sobre su vida personal, familiar o profesional, así como de los
beneficios que con el trasplante, se espera que haya de conseguir el
receptor. |