Capítulo 1. 1. Recomendaciones en resucitación cardiopulmonar
 
9. ORDENES DE NO RESUCITACION:

Ante una parada cardíaca, habitualmente no hay tiempo para investigar cual es la situación previa del paciente, ni cuales eran sus deseos ante una situación de esta índole. Con frecuencia la parada cardíaca se produce en el medio hospitalario, donde el médico responsable puede evitar que se apliquen estas técnicas en aquellos afectados en que no están indicadas o que las han rechazado después de recibir una información adecuada. Para ello, el E.R.C. aconseja que se reseñe específicamente la orden de no iniciar ni continuar la RCP en caso de parada cardiaca. Es responsabilidad del médico, el que conste de manera formal en la historia clínica y que sea conocida por las enfermeras y médicos de guardia.

La orden de no iniciar ni continuar la RCP debe estar basada en la autonomía del paciente y en el juicio clínico del médico, que dictamine su improcedencia por la enfermedad y situación clínica.