Capítulo 1. 1. Recomendaciones en resucitación cardiopulmonar

7 ¿CUANDO DEBE APLICARSE LA RCP?. INDICACIONES:


La RCP debe aplicarse siempre que se diagnostique una PCR, ya que en esta situación de emergencia extrema se considera implícito el consentimiento del afectado y, generalmente, no hay tiempo ni datos para conocer cual era la situación clínica previa. No obstante, esta regla tiene importantes excepciones, de forma que la RCP no debe aplicarse si: 1) El paciente presenta signos indiscutibles de muerte biológica: rigidez, livideces etc. La midriasis pupilar no debe ser un criterio que contraindique la RCP.

2) El representante legal del afectado o sus familiares más próximos, comuniquen de forma fehaciente el deseo que la víctima (cuando estaba plenamente consciente) les manifestó de no recibir estas técnicas, ya que el paciente tiene derecho a rehusar el tratamiento.

3) El tratamiento es inútil y por tanto desproporcionado, como en los casos en que:

3.1. Sea evidente que la parada cardíaca es consecuencia de la evolución terminal e indiscutible de una enfermedad irreversible.

3.2. La parada cardíaca lleve más de 10 minutos de evolución, sin haber sido aplicada la RCP ya que por encima de 5 minutos son muy escasas las posibilidades de recuperar las funciones cerebrales superiores. En ausencia de seguridad absoluta, se concederá a la víctima el beneficio de la duda y se iniciarán las maniobras de RCP. En la práctica, es muy difícil saber la duración exacta de la PCR no presenciada. La resistencia cerebral a la anoxia puede oscilar ampliamente, según las circunstancias, siendo mayor en algunas de ellas como: ahogamiento, hipotermia accidental o intoxicación barbitúrica.

4) Si existen riegos graves para el reanimador o que se perjudique a otros afectados con más posibilidades de supervivencia (en una situación con múltiples víctimas).